Letter about La Cruz del Campo

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Author: 
Tomás Osborne Guezala
Addressee: 
Tomás Osborne Böhl
Place of origin: 
London
25/01/1888
Letter
SpanishEnglish
ES.110276.AHO-1-L127.M10-25011888

1, 2, 3,
Transcripción extraída de; Tesis Doctoral Pablo Mauriño “Ser Elite. Origen, integración y perpetuación de la familia Osborne………Pag. 471.

"continuó en la cervecera sevillana más allá del tiempo que estuvo Joaquín María Rivero González se debió a su mayor capacidad económica, pero cuando la situación del jerez revertió de nuevo hacia un panorama más alentador, el conde de Osborne viró de manera conservadora su cartera de negocios. No es coincidencia que entre 1908 y 1912 se desarrollase en España un cuerpo jurídico que alentaba a la reconstrucción de los viñedos mediante la importación de vides americanas, asentando definitivamente el camino hacia su recuperación157, por lo que si en 1906 encontramos a Tomás Osborne Guezala junto a su hermano Roberto acudiendo a la notaría gaditana de Luis Álvarez Ossorio y Cuadrado para protocolar la sociedad “T. y R. Osborne”, diez años después de aquella fecha ambos se citarían de nuevo en el mismo despacho con la intención de liquidarla. Quizás el conde de Osborne recordase camino del encuentro unas palabras que tiempo atrás y desde Londres escribió a su padre: “[…] no cambiaría el negocio de vinos por ningún otro, porque me gusta mucho, y tengo grandes esperanzas del porvenir” 158 . Al haber sido aportado el capital societario a partes iguales entre Tomás y Roberto Osborne Guezala, la disolución de “T. y R. Osborne” supondría para el socio que pretendiese continuar en la explotación de la cervecera sevillana un pago a favor de su hermano por el importe de su participación. Una fuente cercana a la familia señala que entonces se hizo un aprecio conjunto de las participaciones de ambos hermanos en la cervecera y las bodegas, dándose a La Cruz del Campo un valor correspondiente a un quinto sobre el total159, empero tal sentencia no ha podido ser constatada documentalmente a diferencia de lo que sí consta en el documento de disolución. El coste de la perseverancia para Roberto Osborne Guezala se tradujo en el pago al conde de Osborne de las quinientas mil pesetas que había aportado más la mitad de los balances que eran favorables, quedándose él en contraprestación con “los demás bienes y derechos que constituyen el activo social en pago de su participación”160, entre ellos el solar y la fábrica libre de toda carga, además del pasivo que arrastraba la sociedad. Así 157 “[…] la Ley de 1908 se completaría con el Real Decreto de 16 de Diciembre de 1910 encargando directamente a los gobernadores civiles de velar por el cumplimiento de aquella y la Real Orden de 3 de Enero de 1912 autorizando la importación de vides americanas procedentes de Francia”, María Teresa SOLANO SOBRADO: La crisis del viñedo…, pp. 136. 158 AHO, Leg. 127, Mazo 10, Carta de Tomás Osborne Guezala a Tomás Osborne Böhl, 25 de enero de 1888. 159 Joaquín LLORENTE y Sol ALONSO: Osborne y Cia desde 1772 hasta nuestros días, s.l., Brizzolis, s.a., pp. 29. 160 AHCC, Fondo Fábrica, Sección Documentos Históricos, Disolución de la sociedad T. y R. Osborne. Copia de escritura, 1 de agosto de 1916."

1, 2, 3,
Transcripción extraída de; Tesis Doctoral Pablo Mauriño “Ser Elite. Origen, integración y perpetuación de la familia Osborne………Pag. 471.

"continuó en la cervecera sevillana más allá del tiempo que estuvo Joaquín María Rivero González se debió a su mayor capacidad económica, pero cuando la situación del jerez revertió de nuevo hacia un panorama más alentador, el conde de Osborne viró de manera conservadora su cartera de negocios. No es coincidencia que entre 1908 y 1912 se desarrollase en España un cuerpo jurídico que alentaba a la reconstrucción de los viñedos mediante la importación de vides americanas, asentando definitivamente el camino hacia su recuperación157, por lo que si en 1906 encontramos a Tomás Osborne Guezala junto a su hermano Roberto acudiendo a la notaría gaditana de Luis Álvarez Ossorio y Cuadrado para protocolar la sociedad “T. y R. Osborne”, diez años después de aquella fecha ambos se citarían de nuevo en el mismo despacho con la intención de liquidarla. Quizás el conde de Osborne recordase camino del encuentro unas palabras que tiempo atrás y desde Londres escribió a su padre: “[…] no cambiaría el negocio de vinos por ningún otro, porque me gusta mucho, y tengo grandes esperanzas del porvenir” 158 . Al haber sido aportado el capital societario a partes iguales entre Tomás y Roberto Osborne Guezala, la disolución de “T. y R. Osborne” supondría para el socio que pretendiese continuar en la explotación de la cervecera sevillana un pago a favor de su hermano por el importe de su participación. Una fuente cercana a la familia señala que entonces se hizo un aprecio conjunto de las participaciones de ambos hermanos en la cervecera y las bodegas, dándose a La Cruz del Campo un valor correspondiente a un quinto sobre el total159, empero tal sentencia no ha podido ser constatada documentalmente a diferencia de lo que sí consta en el documento de disolución. El coste de la perseverancia para Roberto Osborne Guezala se tradujo en el pago al conde de Osborne de las quinientas mil pesetas que había aportado más la mitad de los balances que eran favorables, quedándose él en contraprestación con “los demás bienes y derechos que constituyen el activo social en pago de su participación”160, entre ellos el solar y la fábrica libre de toda carga, además del pasivo que arrastraba la sociedad. Así 157 “[…] la Ley de 1908 se completaría con el Real Decreto de 16 de Diciembre de 1910 encargando directamente a los gobernadores civiles de velar por el cumplimiento de aquella y la Real Orden de 3 de Enero de 1912 autorizando la importación de vides americanas procedentes de Francia”, María Teresa SOLANO SOBRADO: La crisis del viñedo…, pp. 136. 158 AHO, Leg. 127, Mazo 10, Carta de Tomás Osborne Guezala a Tomás Osborne Böhl, 25 de enero de 1888. 159 Joaquín LLORENTE y Sol ALONSO: Osborne y Cia desde 1772 hasta nuestros días, s.l., Brizzolis, s.a., pp. 29. 160 AHCC, Fondo Fábrica, Sección Documentos Históricos, Disolución de la sociedad T. y R. Osborne. Copia de escritura, 1 de agosto de 1916."

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